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¿Qué debo hacer si se pasó la fecha de cobro indicada para la jubilación?
Todos aquellos Jubilados y Pensionados que cobren por medio de una Orden de Pago Previsional (OPP) o de un Comprobante de Pago Previsional (CPP) tienen tiempo para percibir sus haberes hasta la primera semana del mes siguiente.
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¿Qué debo hacer si no pude cobrar los haberes en fecha?
Si el haber reclamado corresponde al mes inmediato anterior al que se encuentra en curso de pago, debe presentar el formulario de Certificación Bancaria, provisto por ANSES para realizar el trámite de cobro de haberes impagos. Para poder gestionarlo, debe solicitar un turno a través de www.anses.gob.ar.